Tribunal Supremo

El despacho jurídico Manuel Busquet Advocats ha ganado un nuevo caso ante el Tribunal Supremo, en relación a un tema del Consejo Comarcal del Berguedà que, defendido por el despacho, contra la Generalidad de Cataluña, ha dictado la NULIDAD del Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de Cataluña nº 128/2009 de 28 de Julio, de revisión y designación de nuevas zonas vulnerables en relación a la contaminación por nitratos que proceden de fuentes agrarias y de gestión de las deyecciones ganaderas.

La sentencia del Tribunal Supremo declara la NULIDAD del Decreto 136/2009 de 1 de Septiembre, de aprobación del programa de actuación aplicable a las zonas vulnerables, y de su Anexo 12 en lo relativo a la inclusión en el mismo de los municipios de la comarca del Berguedà. Es la sentencia nº 566/2017 de 3 de Abril de 2017, de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, de la que ha sido ponente el Magistrado Excmo. SR. D. Rafael Toledano Cantero. Se ordena además su publicación en la colección legislativa.

Esta sentencia representa un nuevo caso de éxito por el despacho en un tema muy complejo de técnica legislativa.


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